Día contra la trata de seres humanos: la Comisión a favor de mejorar la protección de las víctimas

Cada año, el 18 de octubre es el Día de la UE contra la trata de seres humanos. El primer Día contra la trata de seres humanos se celebró en 2007.

La Comisión Europea ha contraído un fuerte compromiso con la lucha contra la trata de seres humanos, como deja patente su propuesta de nueva Directiva de la UE, que presentó en marzo de 2010. Además de abordar la aproximación de las disposiciones de Derecho penal sustantivo, la nueva propuesta garantiza una mejor asistencia y protección de las víctimas al tiempo que refuerza la prevención del delito. La Directiva también contempla el principio de no penalización de las víctimas por los delitos que se hayan visto obligadas a cometer como consecuencia directa de la trata de que hayan sido objeto.

La asistencia a las víctimas implica no solo prestarles ayuda, sino evitar que las mismas redes traten con otros seres humanos. Las víctimas de la trata de seres humanos no están siempre dispuestas a cooperar con las fuerzas policiales, lo que hace difícil la identificación de los delincuentes. Por lo tanto, son varias las razones que aconsejan hacer un uso exhaustivo de los instrumentos existentes en materia de protección de las víctimas.

En particular, la Directiva 2004/81/CE permite a los Estados miembros conceder permisos de residencia temporales, en función de la duración de los procedimientos nacionales pertinentes, a las víctimas de terceros países que cooperen con las autoridades investigadoras. En su informe de aplicación de la Directiva, la Comisión Europea señala que aunque el número anual de víctimas identificadas en algunos Estados miembros va de varios cientos hasta dos mil, la cifra de permisos de residencia concedidos en virtud de la Directiva raramente supera la veintena anual. Si bien es cierto que una parte de las víctimas no cumple los requisitos de la Directiva (porque proceden del interior de la UE), es notable la diferencia entre el número de víctimas identificadas y el de las que obtuvieron permisos de residencia específicos.

La Comisión estudiará todos los casos en los que se han presentado problemas de aplicación de la Directiva y estudiará la necesidad de modificarla de forma que se refuerce su potencial en términos de lucha contra la trata y de protección de las víctimas. Entre las novedades cabría incluir la posibilidad de conceder un permiso de residencia temporal a las víctimas que se encuentren en una situación vulnerable, sin que sea necesaria la cooperación con las autoridades competentes. Otras modificaciones podrían incluir una duración específica para los periodos de reflexión de las víctimas, un refuerzo del marco para el tratamiento, en particular de los menores de edad, así como el refuerzo de la obligación de informar a las víctimas de sus derechos.

«No podemos aceptar que solo se dé asistencia a escasos miles de víctimas de la trata de seres humanos, cuando son varios cientos de miles las personas objeto de este abuso entre países de la UE o con terceros países», ha afirmado Cecilia Malmström, Comisaria de la UE para Asuntos de Interior. «La trata de seres humanos, ya sea para trabajos forzados o para la explotación sexual, constituye un delito execrable y debería llamarse con el nombre que le corresponde: esclavitud moderna. La lucha contra la trata es una de mis prioridades y debemos movilizar todos los instrumentos de actuación para reforzar la prevención, el cumplimiento de la ley y la protección de las víctimas».


La Directiva 2004/81/CE relativa a la expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes, establece un sistema por el que de entrada, se ofrezca a cada víctima de la trata que sea nacional de un tercer país un período de reflexión para que puedan decidir si cooperan con las autoridades competentes. Durante el periodo de reflexión, las víctimas podrán beneficiarse de los recursos y el tratamiento necesarios, especialmente concebidos para las víctimas con necesidades especiales. Las víctimas que decidan cooperar con las autoridades competentes pueden obtener un permiso de residencia temporal en función de la duración de los procedimientos nacionales.

Fuente: http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/malmstrom/index_en.htm

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