Inventario de Bienes y Derechos del Ayuntamiento

Conforme al Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio) establece en su art. 17 que «las Corporaciones Locales están obligadas a formar Inventario de todos sus bienes y derechos, cualquiera que sea su naturaleza y forma de adquisición».

Para tal fin, el ciudadano podrá acceder al siguiente enlace:

Esta información está en permanente actualización, y no es vinculante a efectos administrativos. La exactitud de los datos ofrecidos deberá ser contrastada en el Ayuntamiento realizando una consulta concreta sobre un bien particular, presentada por registro, de manera presencial o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Cáceres.